DERECHO Y BIBLIOTECOLOGÍA
UN JURISTA BIBLIÓFILO
Por: Julio S. Solís Gózar
“Siempre imaginé que el Paraíso sería algún tipo de biblioteca.”
Jorge Luis Borges
En estos tiempos donde la información y el conocimiento es poder, creí entender que eran pocos o extintos los que como Niccolo Niccolini comparten sus colecciones bibliográficas, aconsejan e informan, hasta el grado de poner en la mano del visitante un libro y rogar que lo lean. Por ventura hoy la bibliotecología no solo sigue vigente sino que se desarrolla a la par con la tecnología, haciéndose más fuerte y sin claudicar su noble misión, hace más accesible el encuentro con la información.
Estoy seguro que entre el Derecho y la Bibliotecología existe una simbiosis de mutualismo, por la naturaleza interdisciplinaria y multidisciplinaria de ambas, por ello remembraremos aunque cicateramente, a la Bibliotecología perse y su relación con el Derecho.
Desde mi concepción la bibliotecología nace como consecuencia de la aparición de la escritura (ya hace más de 5000 años) y con el nacimiento del libro, cuya noble labor fue y seguirá siendo instrumentalizar el conocimiento y con ello evolucionar las mentes así como preservar la humanidad y sus actos; por ello es importante entender que mientras más acceso se tenga a tan maravilloso implemento, la posibilidad del desarrollo de la sociedad esta garantizada, lamentablemente en épocas pasadas los libros y las bibliotecas eran sinónimo de poder y nobleza, aquella injusta situación tiene tal vez su ligera explicación en la tardía aparición de otra maravilla como es la imprenta, ya que demandaba mucho tiempo y esfuerzo la producción y reproducción de libros del modo manuscrito o simplemente porque hubo una intención de mantener a los pueblos en ignorancia, por suerte los fenómenos como la globalización y la formalización de carreras profesionales como la bibliotecología palean dichas adversidades.
En una suerte de analogía con la tesis planteada líneas arriba, así como bibliotecología es a la escritura, el Derecho es a Roma, porque ahí tiene su origen. La palabra derecho o directum, que deviene a su vez de dirigere (“encaminar”,”enderezar”,”dirigir”) es un sistema normativo que se caracteriza generalmente por su carácter coactivo y con ello delimita conductas en beneficio de una sociedad justa. Aquellas normas abstractas tienen que ser materializados y es a través de los dispositivos legales.
A lo largo de la humanidad y de los principales sistemas del derecho como es el Civil Law y Common Law norteamericano, existen millones de normas dentro de millones de dispositivos. La bibliotecología estudia los métodos y sistemas científicos para organizar y hacer eficiente el uso de dichos dispositivos, por otro lado y sin apartarnos de la idea en desarrollo del Derecho Romano, Justiniano y el jurista Triboniano serían considerados excelentes bibliotecólogos, ya que como se establece en la doctrina “la producción jurídica acumulada durante siglos era tanta y se encontraba tan dispersa, que se hacía necesario una ordenación. Quizá uno de los mayores méritos de este Emperador fue el de ordenar la compilación del acervo jurídico existente, labor que se realizó en un breve lapso. Esta magna obra se conoce con el nombre de corpus iuris civiles (cuerpo del derecho civil)”.
Como otro punto, el bibliotecólogo en su abundante acervo cultural domina los métodos de cita, necesarios en los trabajos de investigación y que en la actualidad el Vancouver y APA son los más emblemáticos. Lo anterior puede ser relacionado nuevamente con el Derecho Romano ya que “El modo de citar el digesto, así como las demás fuentes de la antigüedad es el filológico, la cita comienza con la inicial D (Digesto) a continuación se colocan los números correspondientes al libro, titulo, fragmento y párrafo comenzando por el pr., por ejemplo: D.1,2,2,28. Lo que significa: Digesto, libro1, titulo2, fragmento2, párrafo 28. Con lo referido es comprobable nuevamente que la bibliotecología es una herramienta necesaria para el estudio e investigación del derecho.
Por último, y sin perjuicio de los demás aportes y afinidades de la Bibliotecología al Derecho, un bibliotecólogo tiene el privilegio de tener acceso de forma directa a las diversas fuentes del conocimiento, me refiero a los escritos, documentos, los cuales en el caso del derecho dichas fuentes contribuyen y son trascendentales para su desarrollo científico. Sobre el particular el jurista Fabio Espitia Garzón sostiene que “Las fuentes de conocimiento pueden ser directas, en cuanto a manuscritos o palimpestos que han llegado a nuestro conocimiento, o indirectas, si sólo se conocen a través de otras obras; inmediatas, en cuanto pertenecientes al mismo periodo, o mediatas, si son de periodo posterior”.
El bibliotecólogo se forma estudiando al Derecho de modo general pero su innata curiosidad y especialidad muchas veces lo convierte en jurista bibliófilo. Respetemos, valoremos y reconozcamos la contribución de la bibliotecología en el manejo de la información, en especial del conocimiento jurídico.
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